lunes, 26 de junio de 2023

 SEÑOR TRABAJADOR, debe saber que Las personas desde los dieciséis (16) años de edad  están facultadas para estar en juicio laboral en acciones vinculadas al contrato o relación de trabajo, pudiendo exigir en cualquier momento el cumplimiento por cualquier circunstancia  de sus derechos laborales, y accionar legalmente para que se respeten las  garantías laborales establecidas constitucionalmente. Dicho esto con motivo de que usted sepa que a partir de esa edad usted puede exigir legalmente en sede administrativa o en sede judicial las indemnizaciones que le corresponde a causa de irregularidades de la empresa.

ASISTENCIA A LOS  TRABAJADORES Y TRABAJADORAS VICTIMA DE UN DESPIDO CON CAUSA O SIN CAUSA

VICTIMA DE LA NEGACION DE DERECHOS LABORALES  OCACIONADO POR EL TRABAJO EN NEGRO.

ASISTENCIA AL TRABAJADOR VICTIMA DE UN ACCDIENTE DE TRABAJO.DEFENSAS LABORALES CONTRA EL MOOBING, MAS CONOCIDO COMO EL ABUSO LABORAL, EL ACOSO, HOSTIGAMIENTO Y EL PERSEGUIMIENTO LABORAL.

COBRO DE SALARIOS ADEUDADOS, COBRO DE HORAS EXTRAS ADEUDADAS. En caso de duda sobre la aplicación de normas legales o convencionales prevalecerá la más favorable al trabajador, considerándose la norma o conjuntos de normas que rija cada una de las instituciones del derecho del trabajo.

Si la duda recayese en la interpretación o alcance de la ley, o en apreciación de la prueba en los casos concretos, los jueces o encargados de aplicarla se decidirán en el sentido más favorable al trabajador.

Avenida Corrientes 1922, Buenos Aires, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina

ATENDEMOS DE LUNES A VIERNES EN EL HORARIO DE 10 A 20 HS,

SÁBADOS Y DOMINGOS CELULAR: 15-3259-3054 (LLAMADAS O WHATSAPP)

ESTAMOS EN AVENIDA CORRIENTES 1922, PISO 9, OFICINA  91


. CAPITAL FEDERAL, ZONA ONCE.


CEL. 15-3259-3054 (LLAMADAS O WHATSAPP)

 


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