Seguramente
usted conocerá a muchos abogados, algunos de ellos se enfocan en Derecho Penal,
otros en Derecho Comercial, y así con el resto de las especialidades. Entonces,
para determinada situación usted debe acudir al profesional más idóneo.
En este sentido, en el Estudio Jurídico NARANJO & ASOCIADOS somos expertos en todas aquellas cuestiones relacionadas con lo laboral. Además brindamos servicios únicos, que le garantizan a usted el hecho de abonar únicamente en si su caso sale favorable.
¿Cómo es esto? Trabajamos bajo la modalidad de abogados laborales a resultado. Esto significa que lo asesoramos y aconsejamos de manera profesional y acorde con las leyes vigentes para que usted haga valer sus derechos como trabajador. Y SOLO LE COBRAREMOS EL 20 % DE LA INDEMNIZACIÓN AL FINAL DE RECLAMO LABORAL, CUANDO USTED RECIBE SU INDEMNIZACIÓN.
SI FUE DESPEDIDO DEBE SABER SEÑOR TRABAJADOR, QUE LOS DESPIDOS QUE REALIZA LA EMPRESA DEBEN ESTAR BASADOS EN JUSTA CAUSA QUE FUNDAMENTE LA FINALIZACION DE CONTRATO DE TRABAJO Y EL CESE EN SU TRABAJO.
En este sentido, en el Estudio Jurídico NARANJO & ASOCIADOS somos expertos en todas aquellas cuestiones relacionadas con lo laboral. Además brindamos servicios únicos, que le garantizan a usted el hecho de abonar únicamente en si su caso sale favorable.
¿Cómo es esto? Trabajamos bajo la modalidad de abogados laborales a resultado. Esto significa que lo asesoramos y aconsejamos de manera profesional y acorde con las leyes vigentes para que usted haga valer sus derechos como trabajador. Y SOLO LE COBRAREMOS EL 20 % DE LA INDEMNIZACIÓN AL FINAL DE RECLAMO LABORAL, CUANDO USTED RECIBE SU INDEMNIZACIÓN.
SI FUE DESPEDIDO DEBE SABER SEÑOR TRABAJADOR, QUE LOS DESPIDOS QUE REALIZA LA EMPRESA DEBEN ESTAR BASADOS EN JUSTA CAUSA QUE FUNDAMENTE LA FINALIZACION DE CONTRATO DE TRABAJO Y EL CESE EN SU TRABAJO.
CASO
CONTRARIO DE NO FUNDAMENTACION, EL DESPIDO SE TORNA ILEGAL Y LA EMPRESA LE DEBE
PAGAR A USTED TODAS Y CADA UNAS DE LAS INDEMNIZACIONES QUE EL ORDEN JURIDICO
LABORAL DETERMINA.
DEL
MISMO MODO SEÑOR TRABAJADOR, SI SUFRIO UN ACCIDENTE DE TRABAJO, Se considera
accidente de trabajo QUE DEBEN INDEMNIZARLE
A USTED a todo acontecimiento súbito y violento ocurrido por el hecho o
en ocasión del trabajo,
ASÍ
MISMO TAMBIÉN LA LEY CONSIDERA ACCIDENTE DE TRABAJO QUE DEBEN INDEMNIZARLE A EL
ACCIDENTE SUFRIDO en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar
de trabajo, siempre y cuando el damnificado no hubiere interrumpido o alterado
dicho trayecto por causas ajenas al trabajo.
En
ambas situaciones la ART TIENE LA OBLIGACIÓN DE BRINDARLE EN PRIMER LUGAR LAS
PRESTACIONES MEDICAS DE REHABILITACIÓN Y CURACIÓN, Y LUEGO DE QUE USTED TIENE
EL ALTA MEDICA OTORGADA POR LA ART, TIENE EL DERECHO A QUE LA ART LE PAGUE UNA
INDEMNIZACIÓN POR EL ACCIDENTE DE TRABAJO QUE USTED SUFRIÓ.
SI
USTED SUFRIÓ UN ACCIDENTE, ASESÓRESE CON NOSOTROS PARA QUE LA ART LE PAGUE LA
REAL Y VERDADERA INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE DE TRABAJO.
NOSOTROS
LE RECLAMAMOS EL PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN SOLO A LA ART, NO A SU EMPLEADOR.
AQUÍ
EN NUESTRO ESTUDIO ASESORAMOS A TODOS LOS TRABAJADORES SIN CARGO. Y SI ES QUE
USTED DECIDE QUE NOSOTROS TOMEMOS SU CASO, LE EXPLICAMOS QUE RECIÉN NOSOTROS LE
COBRAREMOS AL FINALIZAR EL RECLAMO, NO ANTES.
RECLAMAMOS
EN PAGO DE:
A)
indemnización por despido
B)
indemnización por trabajo en negro
C)
indemnización por accidentes de trabajo
D)
indemnización por enfermedad originada en el trabajo
E)
art
F)
licencia por enfermedad
G)
indemnización por acoso laboral
H)
horas extras impagos
I)
suspensiones
J)
diferencias de salarios
K)
indemnización por despido por maternidad
L)
indemnización por despido por matrimonio
M)
indemnización por despidos por enfermedad
N)
modificación de las condiciones laborales
ATENDEMOS
DE LUNES A VIERNES EN EL HORARIO DE 10 A 20 HS,
SÁBADOS
Y DOMINGOS NO ATENDEMOS.
ESTAMOS
EN AVENIDA CORRIENTES 1922, PISO 9, OFICINA 91. CAPITAL FEDERAL, ZONA ONCE.
TEL:
4951-9873 / 4880-4839.
CEL.
15-3259-3054 (LLAMADAS O WHATSAPP)
No hay comentarios:
Publicar un comentario